Sunday, July 02, 2006

INSTRUMENTOS DE ORDENAMIENTO TURISTICO DEL TERRITORIO

La actividad turística tiene un innegable efecto territorial en el medio rural, toda vez que implica una serie de instalaciones y habilitaciones para poner en explotación los recursos de esa vocación. La creciente demanda por este tipo de actividades, tanto turísticas como recreacionales, hace necesario insistir en la necesidad de establecer normas de OT. Ello hace pensar que los instrumentos de planificación que se refieren al uso del suelo, como los Planes Reguladores, Seccionales e Intercomunales, deberían ser sometidos a una revisión para incorporar debidamente las variables turísticas y el adecuado uso y puesta en valor de los bienes turísticos y naturales de que dispone el país. Por otra parte, habrá que facilitar y estimular la adecuada utilización de bienes públicos y su incorporación a la oferta turística, que en muchos casos resulta necesaria para mejorar la calidad y la competitividad del producto existente. Es por esto que se definieron los siguientes puntos que tienen relación con la temática territorial:

- Proponer al sector público la construcción, ampliación o mejoramiento de obras de infraestructura y equipamiento que incidan en el desarrollo de la actividad turística

- Declarar Zonas o Centros de Interés Turístico Nacional (ZOIT, CEIT), previo informe del Ministerio de Defensa Nacional. Respecto de zonas fronterizas, la declaración se hará previo informe, además, de la Dirección de Fronteras y Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores

- Informar al Ministerio de Defensa Nacional las solicitudes de concesión de playas de mar y riberas de lagos y ríos para el uso exclusivo de particulares

- Identificación y delimitación de unidades territoriales

SERNATUR elaboró la Política Nacional de Turismo 2005, en donde se tocan temas como la prioridad nacional que tiene el turismo y el ordenamiento territorial para relizar este tipo de actividades.

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